- Presta solo lo que podrías permitirte no recuperar.
- Pon por escrito importe, plazos y si hay intereses.
- Si es una cantidad relevante, ten en cuenta las implicaciones fiscales.
Antes de prestar
- ¿Puedo permitirme perderlo? Si no, no prestes.
- ¿Para qué es? Una emergencia no es lo mismo que un capricho.
- ¿Es mejor ayudar de otra forma? Acompañar a buscar ayudas, revisar su presupuesto.
Ponlo por escrito
Un documento sencillo con:
- Nombres y DNI de ambas partes.
- Importe.
- Plazos y forma de devolución.
- Intereses (o que no hay).
- Firma y fecha.
Aspectos fiscales
- Los préstamos entre particulares pueden tener que comunicarse a Hacienda autonómica (modelo 600 del ITP), aunque normalmente están exentos de pago. Comprueba la normativa de tu comunidad.
- Si cobras intereses, son rendimientos del capital mobiliario para quien presta.
- Documentarlo evita que Hacienda lo considere una donación.
Si no te devuelven
- Habla con claridad y sin reproches.
- Propón un nuevo plan de pagos realista.
- Para importes grandes, valora reclamar por la vía legal (con el documento firmado como prueba).
Si es una cantidad pequeña y la relación te importa más que el dinero, a veces es mejor regalarla que convertirla en una deuda que genere tensión.
Ejemplo de documento
En Madrid, a 15 de marzo. Doña Ana López (DNI …) presta a don Juan Pérez (DNI …) la cantidad de 1.200 €, que este recibe mediante transferencia. Juan devolverá el importe en 12 pagos mensuales de 100 € del 1 de abril al 1 de marzo del año siguiente, mediante transferencia. El préstamo no devenga intereses. Firmado por ambas partes.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar un préstamo a un amigo?
La ley del IRPF presume que las prestaciones de dinero son retribuidas salvo prueba en contrario. Por eso conviene documentar por escrito que no hay intereses; en ese caso, en principio no generas renta. Comprueba también si tu comunidad exige presentar el modelo del ITP, aunque esté exento.
