- La forma de declarar depende de cómo obtienes el ingreso: con contrato (trabajo), por tu cuenta (actividad económica), vendiendo bienes (ganancia patrimonial) o por inversiones (capital).
- Si una actividad por cuenta propia es habitual, debes darte de alta en Hacienda y en la Seguridad Social.
- Las plataformas digitales informan a Hacienda de muchas operaciones.
Tipos de ingresos y cómo tributan
| Cómo lo ganas | Tipo de renta | Comentario |
|---|---|---|
| Trabajo con contrato (aunque sea corto) | Rendimiento del trabajo | La empresa retiene IRPF y aparece en tu borrador |
| Servicios por tu cuenta (clases, diseño, freelance) | Actividad económica | Alta, facturas, declaraciones |
| Vender tus cosas usadas | Ganancia o pérdida patrimonial | Normalmente sin ganancia si vendes por menos de lo que costó |
| Intereses, dividendos, fondos | Capital mobiliario / ganancias | Base del ahorro |
| Premios de concursos | Ganancia patrimonial | Salvo regímenes especiales (loterías) |
La habitualidad
La normativa no fija un importe mínimo a partir del cual tengas que darte de alta como autónomo. Lo determinante es si la actividad es habitual. Un trabajo esporádico puede declararse, pero la frontera no siempre es clara: consulta tu caso (facturar sin ser autónomo).
Plataformas digitales
Bajo la normativa europea DAC7, plataformas de venta y de servicios informan a Hacienda de vendedores que superan ciertos umbrales (por ejemplo, 30 operaciones o 2.000 € al año en venta de bienes). Hacienda cruza esos datos con tus declaraciones.
Dónde se declara
En tu declaración de la renta, en el apartado correspondiente a cada tipo de renta. Si tienes actividad económica, además presentarás las declaraciones trimestrales que te correspondan.
Regularizar voluntariamente antes de un requerimiento de Hacienda suele implicar menos sanciones que esperar a que te detecten.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar los regalos de dinero de mi familia?
No son renta en el IRPF, pero pueden estar sujetos al Impuesto sobre Donaciones según la cuantía y la comunidad (donaciones entre familiares).
¿Y los bizums de amigos por gastos compartidos?
Los pagos entre particulares por gastos compartidos no son ingresos. Distinto es cobrar habitualmente por servicios o ventas mediante Bizum.
Fuentes
- Agencia Tributaria, Manual práctico de Renta: agenciatributaria.gob.es
