El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD) protege el dinero de los clientes si un banco español quiebra.
Qué cubre:
- Depósitos (cuentas corrientes, de ahorro, a plazo) hasta 100.000 € por titular y por entidad.
- Además, existe una garantía separada para valores e instrumentos financieros depositados en la entidad, también hasta 100.000 €, si no se pueden devolver.
Qué no cubre:
- Las pérdidas por caída del valor de tus inversiones.
- Criptomonedas.
- Dinero en entidades de dinero electrónico o de pago (que tienen otras formas de protección).
Ejemplo
Tienes 60.000 € en el banco A y 60.000 € en el banco B. Todo tu dinero está cubierto, porque el límite es por entidad. Si tuvieras 120.000 € en una sola entidad, solo estarían garantizados 100.000 €.
Ojo: varias marcas comerciales pueden pertenecer a la misma entidad y compartir el límite.
En otros países de la UE existen fondos equivalentes con la misma cobertura mínima de 100.000 €.