Herencias y donaciones: lo básico que debes saber

Conceptos básicos sobre herencias y donaciones en España: quién hereda, qué impuesto se paga, por qué depende de la comunidad autónoma y qué no debes hacer.

Un frasco de vidrio lleno de monedas y una planta — Herencias y donaciones: lo básico que debes saber
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  • Herencias y donaciones tributan en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que gestionan las comunidades autónomas. Lo que pagues depende mucho de dónde viva el fallecido o el donatario.
  • Plazos clave: 6 meses para declarar una herencia (prorrogables) y 30 días hábiles para una donación.
  • Una herencia puede incluir deudas: puedes aceptarla, renunciar o aceptarla a beneficio de inventario.

Recibir una herencia o una donación de un familiar es algo que, tarde o temprano, le pasa a mucha gente. Y suele llegar en momentos emocionalmente complicados. Conocer lo básico te ayuda a no cometer errores caros y a tomar decisiones con calma.

Herencia y donación: la diferencia

  • Herencia: lo que recibes cuando alguien fallece, por testamento o por ley si no hay testamento.
  • Donación: lo que alguien te da en vida de forma gratuita: dinero, un piso, acciones.

Ambas tributan en el mismo impuesto, pero con reglas y bonificaciones que pueden ser distintas.

Quién paga y dónde

Paga quien recibe (heredero o donatario). La normativa aplicable depende de la comunidad autónoma de residencia del fallecido (en herencias) o, en general, del donatario (en donaciones de dinero). Las diferencias entre comunidades son enormes: en algunas, entre padres e hijos se paga muy poco gracias a bonificaciones; en otras, bastante más. Consulta siempre la normativa de tu comunidad.

Qué influye en lo que pagas

  • Parentesco: hijos, cónyuges y padres suelen tener reducciones mucho mayores que hermanos, sobrinos o personas sin relación.
  • Importe recibido: el impuesto es progresivo.
  • Patrimonio previo del heredero en algunos casos.
  • Tipo de bien: hay reducciones específicas para la vivienda habitual del fallecido o empresas familiares.

Plazos

  • Herencias: 6 meses desde el fallecimiento para presentar el impuesto, con posibilidad de pedir una prórroga dentro de los primeros 5 meses.
  • Donaciones: 30 días hábiles desde la donación.

Presentar fuera de plazo supone recargos.

Las deudas también se heredan

Al aceptar una herencia asumes también sus deudas. Por eso tienes tres opciones:

  • Aceptar pura y simplemente: recibes bienes y deudas, y respondes incluso con tu propio patrimonio.
  • Aceptar a beneficio de inventario: solo respondes de las deudas hasta el valor de lo heredado. Es la opción prudente si no conoces bien la situación.
  • Renunciar: no recibes nada, ni bienes ni deudas. Debe hacerse ante notario.

Otros impuestos que pueden aparecer

  • Plusvalía municipal: si heredas o te donan un inmueble, el ayuntamiento puede cobrar este impuesto.
  • IRPF del donante: si alguien te dona un bien que vale más que cuando lo compró (un piso, acciones), puede tener que tributar por esa ganancia en su renta. Donar dinero no genera esta ganancia.

Donaciones entre familiares: cuidado con lo informal

Transferir dinero entre padres e hijos es habitual, pero si son cantidades importantes es una donación y debería declararse. Formalizarla (a menudo ante notario) es requisito en algunas comunidades para aplicar las bonificaciones. Lo detallamos en donaciones de dinero entre familiares.

Pasos prácticos si recibes una herencia

  1. Pide el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades para saber si hay testamento.
  2. Pide copia del testamento al notario.
  3. Haz inventario de bienes y deudas.
  4. Decide si aceptas, aceptas a beneficio de inventario o renuncias.
  5. Presenta el impuesto en plazo.
  6. Cambia la titularidad de bienes y cuentas.

Contar con un notario, un abogado o una gestoría suele compensar en herencias con inmuebles o varios herederos.

¿Qué hago con el dinero?

No hay prisa. Aparca el dinero en un sitio seguro mientras lo piensas y luego sigue el orden habitual: deudas caras, fondo de emergencia, objetivos e inversión. Te ayudamos en qué hacer con el dinero extra.

Preguntas frecuentes

¿Hay que pagar antes de recibir los bienes?

A menudo sí, lo que puede ser un problema de liquidez. Algunas comunidades permiten aplazamientos o fraccionamientos.

¿Puedo renunciar solo a una parte?

En general no: la herencia se acepta o se renuncia en bloque.

Información general. Para tu caso concreto, consulta con un notario o asesor fiscal.

📌 Contenido divulgativo elaborado por la redacción de Moneda Joven. No constituye asesoramiento financiero, fiscal ni legal personalizado. Las cifras y normas pueden cambiar: comprueba siempre la información en las fuentes oficiales enlazadas. Cómo elaboramos nuestros contenidos.